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EL CNE- CONSEJO NACIONAL ELECTORAL... ¡QUÉ VERGÜENZA!



Por Orlando Montenegro Rolón
Santiago de Cali

En esta vida algunos hombres nacen mediocres,
otros logran mediocridad y a otros la mediocridad
les cae encima.
Joseph Heller (1923-1999) Escritor norteamericano.

El primer organismo electoral de carácter nacional, con funciones escrutadoras en todo el territorio colombiano, para Presidente y Vicepresidente de la República, fue creado por la ley 7ª de enero 31 de 1888, y se denominó Gran Consejo Electoral. Estaba compuesto por seis (6) miembros nombrados dos por el Senado, dos por la Cámara de Representantes y dos por el Presidente de la República, con sus respectivos suplentes, para períodos de un año. Se reunía a partir del 1º de febrero del año en que se conformaron las Asambleas Electorales y le correspondía escrutar los votos a partir de los actos válidos de los escrutinios parciales verificados por dichos organismos territoriales.



Con el paso de los años, el tiempo ha demostrado que los integrantes del CNE lo han postrado hasta convertirlo en un hibrido más parecido a un engendro, altamente politiquero, plagado de recomendaciones, vicios, amarres y componendas de todo tipo que técnicamente un estudioso de leyes las calificaría decentemente de tecnicismos jurídicos. No. Una torcida exegesis que un ignorante de a pie sólo atina a exclamar un organismo tramposo que no resuelve sino al amaño. Es uno de los huecos oscurosde la Carta de 1991 en su Artículo 265.

¡Claro! el CNE ha sido el blanco de ácidos titulares en medios y los críticos se han ido lance en ristre contra la función que desempeña y ética de sus integrantes. El dolor de cabeza crónico de los magistrados del CNE han sido las revocatorias, avales, inscripción de cédulas y la Narco & Para- Politiquería. Algunos han precisado que el CNE más es lo que abarca que lo que aprieta.  

Respecto al mecanismo de conformación, la web de La Silla vacía, el 30 de julio de 2014, anticipándose un poco al revolú que originó Odebrecht que ha salpicado una parte de los gobiernos de la región desde Brasil, incluyendo obvio a Colombia y sus candidaturas; en el circo romano nadie le puso el cascabel al gato.
La columnista Laura Ardila Arrieta, bajo el título: ¿y quién se queda con el Consejo Nacional Electoral escribió:
Pasados los pulsos por la conformación de sus mesas directivas y comisiones, una nueva puja se asoma en el horizonte del Congreso: la elección de los nueve magistrados del Consejo Nacional Electoral (CNE), el tribunal de todo lo de elecciones que termina su periodo de cuatro años el próximo 30 de agosto. Para esa carrera ya tienen competidores tres pesos pesados del mundo político: el Procurador, el Registrador y el exministro Fabio Valencia Cossio.
Las definiciones estarán para alquilar balcón porque en esta ocasión, debido a su número de congresistas, el uribista y opositor partido del Centro Democrático tendrá derecho a tener delegado a un magistrado y esa silla la perderá precisamente La U, el partido mayoritario del Gobierno. Además, eso sucederá justo cuando estemos ad portas de definir si el proceso de paz llega a buen término, y no hay que olvidar que por la lupa del CNE pasará la refrendación popular a los acuerdos que se firmen en La Habana.

Reitero… ¡qué vergüenza! la elección de sus integrantes; más allá enfocarse en las capacidades, ética y actuar probo; prevalece la recomendación de los politiqueros vivos y ventajosos que persiguen timar la conciencia de los magistrados para sus interés personales. Eso se evidencia en los amagos de investigaciones inocuas que iniciadas en la Comisión de Acusaciones de la Cámara -otro organismo cuestionado- , terminan gelatinosas e imprósperas en el CNE.
 Ya conoce la opinión nacional e internacional “el resultado” y la floja argumentación de la ponencia resolviendo las sindicaciones formuladas al candidato Zuluaga del Centro Democrático.  Sobre este caso, la Redacción Política del diario El Espectador; sustentando los puntos de vista señalados en este escrito, el pasado 20 de octubre de 2017, como algo premonitorio tituló:

¿Por qué Óscar Iván Zuluaga podría ser absuelto por el CNE en caso Odebrecht?.

Y amplió la noticia: La ponencia que, se prevé, presentará el próximo lunes el magistrado Carlos Camargo, del Consejo Nacional Electoral (CNE), pediría su absolución. Además de que no se habrían encontrado evidencias de transacciones ni trazabilidad en los pagos de Odebrecht a la campaña, todo indica que la declaración de Duda Mendonça nunca llegó al organismo.
Todo indica que para Camargo no hay pruebas suficientes para demostrar la trazabilidad de los dineros de Odebrecht que habrían entrado a la campaña. Así se deja ver en el documento publicado por la emisora, que en la página 7 señala: “No se puede establecer el destinatario final y la trazabilidad del monto girado para 2014, toda vez que no se cuenta con la información idónea para realizar el análisis”.

 Colijo preservando el Principio de Inocencia que los investigadores del prestigioso diario capitalino, intuían el desenlace final por las pinceladas que los medios difunden en sus emisiones  y, que en nada tuvo que ver algún tipo de filtración de información. Aunque la prensa le asiste el Derecho Universal de guardar absoluta reserva sobre sus fuentes de información.
Otro argumento como escribir un guión para una cinta de espionaje macabro fue el siguiente:
Dentro del mismo caso, el diario El Tiempo reseña este viernes que la declaración del publicista brasileño José Eduardo Cavalcanti de Mendonça, más conocido como Duda Mendonça, en la que señala que Odebrecth pagó 1,6 millones de dólares por una asesoría a Zuluaga, no ha podido ser homologada por la justicia en Brasil.

El meollo de ese asunto, explica la publicación, es que Mendonça dio la declaración a la Policía Federal de Brasil y no al Ministerio Público brasileño, razón por la que Zuluaga no figura como investigado en el Supremo Tribunal Federal de ese país. A la luz de estos hechos, y la falta de presencia de lo que se considera como la “prueba reina”, es muy posible que el candidato del uribismo a la Presidencia en 2014 no tenga problemas y salga absuelto.

Otra leguleyada  para la estatuilla de un Oscar que superó la imaginación, la ficción y la fantasía; dejando a la opinión en vilo pensando en la práctica del gatoy sí, muy felices, orondos y sacando pecho a la bancada del senador Uribe. 

Por el lado de la campaña Santos, llovizna y parece que escampa; todo apunta que el CNE, tampoco halló méritos en sus pesquisas en ellas. Al menos en la de 2010. La revista Semana, el 03 de agosto de 2017 publicó:

CNE archivará investigación contra la campaña Santos 2010

Mientras la magistrada Hernández pide que lo investiguen por su segunda campaña, SEMANA conoció que el tribunal archivará las indagaciones que se adelantaban a la primera campaña política de Juan Manuel Santos con el argumento de que los términos prescribieron.
Mientras el Consejo Nacional Electoral estudia si abre investigación formal contra el presidente Juan Manuel Santos y los directivos de la campaña reelecionista, en el 2014, por presuntamente haber recibido recursos de la firma brasileña Odebrecht, el tribunal está a punto de cerrar el caso correspondiente al de su primera campaña política, la del 2010. Fuentes cercanas a la indagación le dijeron a SEMANA que en el caso de las elecciones del 2010, el Consejo Nacional Electoral ha perdido su competencia, debido a que los términos ya caducaron. La tesis del organismo electoral es que solo pueden ser investigadas hasta tres años después de la entrega del informe definitivo correspondiente a los gastos y financiación de la campaña. Por esa razón, las indagaciones que se adelantaban respecto a esa campaña serán archivadas.

En conclusión: ¡Nada de nada! Por un lado Falta de Pruebas y por el otro Vencimiento de Términos. Entonces nos seguimos preguntando los colombianos: ¿Para qué sirve el CNE? Un organismo que casi inoperante y que cuando se le pide su intervención cada 4 años poco o nada resuelve. ¿Cuánto le cuesta al Erario la apéndice electorera?
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 La presente columna, es transcrita bajo la total responsabilidad de su autor 










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